

Desde el Estado: Modifican el “Plan anual de estímulos económicos para las industrias culturales y artes para el año 2020”, Resolución Viceministerial N° RVM N° 080-2020-VMPCIC-MC
Resolución Viceministerial
N° 080-2020-VMPCIC-MC
Lima, 26 de mayo del 2020
VISTOS; el Informe N° 000233-2020-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000078-2020-DLL/MC de la Dirección del Libro y la Lectura; el Informe N° 000227-2020-DIA/MC de la Dirección de Artes; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste esun organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020-MC, los estímulos económicos a ser entregados se otorgan previa aprobación del Plan anual de estímulos económicos para las industrias culturales y artes o del Plan anual de estímulos económicos para la actividad cinematográfica y audiovisual, según corresponda, por parte del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, a propuesta de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 065-2020-VMPCIC-MC se aprobó el “Plan anual de estímulos económicos para las industrias culturales y artes para el año 2020”, el cual contiene la relación de concursos para el libro y el fomento de la lectura para el año 2020, y la relación de concursos para las artes escénicas, las artesvisuales y la música para el año 2020;
Que, con el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por elplazo de noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19;
Que, a través del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y modificatorias, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de laNación a consecuencia del brote del COVID-19; medida que ha sido prorrogada por Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083-2020-PCM y N° 094-2020-PCM;
Que, en ese marco, con el Informe N° 000233-2020-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite el Informe N° 000227-2020-DIA/MC de la Dirección de Artes, a través del cual se comunica que la declaratoria de Emergencia Sanitaria viene afectando al sector de las artes escénicas, artes visuales y la música peruanas de diversas maneras; en tanto se dispuso el cierre inmediato de todo espacio público y la cancelación y reprogramación de actividades, lo que ha generado que los plazos de cierre de convocatoria, así como la viabilidad de ejecución y/o relevancia de algunos concursos contenidos en el “Plan anual de estímuloseconómicos para las industrias culturales y artes para el año 2020” se vean alterados;
Que, en ese sentido, con la finalidad de optimizar el impacto en la reactivación de la actividad del sector de las artes escénicas, artes visuales y la música de los estímulos económicos a otorgarse, en el marco de las medidas aprobadas por el Poder Ejecutivo a fin de evitar la propagación del COVID-19; la Dirección de Artes propone eliminar los siguientes dos (02) concursos señalados en el precitado Plan Anual: i) Concurso de Proyectos de Circulación Internacional para las Artes; y, ii) Concurso de Proyectos de Circulación Nacional para las Artes; al no ser posible garantizar el cumplimiento de sus objetivos debido a la incertidumbre sobre la reactivación de las actividades culturales vinculadas a la circulación internacional y/o nacional; y crear el Concurso de Proyectos de Redes y Plataformas para las Artes, para fomentar la asociatividad y articulación entre agentes del sector, para el desarrollo de estrategias que permitan el acceso a expresiones artísticas por parte de la ciudadanía en general en territorio peruano, a través de su circulación en plataformas y medios digitales;
Que, asimismo, la Dirección de Artes propone modificar las fechas de convocatoria de los siguientes Concursos que serán convocados en el mes de junio del presente: i) Concurso deProyectos para el Fomento y Creación de Públicos para las Arte, ii) Concurso de Proyectos de Arte para la Transformación e Innovación Social; y, iii) Concurso de Proyectos de Gestión de Salas para las Artes; así como modificar el monto del estímulo económico a entregar en el Concurso de Proyectos de Gestión de Salas, con la finalidad de priorizar que los recursos a otorgarse se orienten a responder a acciones de amortiguamiento y reactivación de las salas dedicadas a las artes, buscando ampliar el alcance de los Estímulos Económicos a la Cultura;
Que, por otro lado, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite además elInforme N° 000078-2020-DLL/MC de la Dirección del Libro y la Lectura, donde se señala que losefectos de la declaratoria de Emergencia Sanitaria han limitado las dinámicas desarrolladas para el fomento de la lectura y el sector libro de diversas maneras, en tanto se suspende la realizaciónde actividades en los espacios públicos, lo que ha generado que los plazos de cierre de convocatoria, así como la viabilidad de ejecución y/o relevancia de algunos concursos contenidosen el “Plan anual de estímulos económicos para las industrias culturales y artes para el año 2020” se vean alterados; motivo por el cual, se considera pertinente la reflexión y el replanteamiento de las líneas concursales de los estímulos económicos dirigidos al libro y al fomento de la lectura, a fin de sostener la reactivación de los actores del ecosistema del libro y la lectura, poniendo énfasis en la Micro y Pequeña Empresa – MYPE; propuesta que se apoya en informaciónrecabada, entre otras, por el sondeo del impacto económico en el sector del libro y la lectura, y en la consideración del libro como un bien básico para la sociedad en tanto desarrolla el hábito lector, generando impacto social y cultural que resguarda la memoria histórica y favorece el desarrollo comunitario, debido a que permite conocer espacios del país que reflejan otros contextos y realidades, siendo necesaria su atención;
Que, en ese contexto, con la finalidad de optimizar el impacto en la reactivación de la actividad editorial y de acciones de fomento de la lectura de los estímulos económicos a otorgarse, en el marco de las medidas aprobadas por el Poder Ejecutivo a fin de evitar la propagación del COVID-19, la Dirección del Libro y la Lectura propone efectuar modificaciones en los siguientes cuatro (04) concursos señalados en el mencionado Plan anual: i) Concurso nacional de proyectos de programaciones culturales vinculadas al libro y la lectura en librerías, ferias y festivales (cuya denominación se modifica a Concurso nacional de proyectos para la comercialización y difusión de libros peruanos bibliodiversos realizada por librerías); ii) Concurso nacional de proyectos de edición y producción de libro único (cuya denominación se modifica aConcurso nacional de proyectos para el apoyo a la producción editorial peruana); iii) Concurso nacional de promoción de libros y autores peruanos en medios digitales y/o publicaciones periódicas impresas; y, iv) Concurso nacional para la adquisición de libros en el marco del desarrollo de colecciones bibliográficas; las mismas que permitirán incrementar el número de proyectos beneficiarios, entro otros;
Que, asimismo, se propone eliminar el Concurso nacional de proyectos de edición y producción de libros en el marco de una serie o colección editorial, al no ser posible garantizar el cumplimiento de sus objetivos debido a los cambios que implica la reactivación de las actividades culturales vinculadas a la circulación de contenidos; y considerando que puede fortalecerse a través de otros concursos;
Que, en atención a los considerandos precedentes, resulta necesario emitir el acto resolutivo respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, el Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el “Plan anual de estímulos económicos para las industrias culturales y artes para el año 2020”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 065-2020- VMPCIC-MC, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura).
Regístrese y comuníquese.
Leslie Carol Urteaga Peña
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
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